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El Catecismo de Westminster define el pecado como «cualquier falta de conformidad con la ley de Dios, o la transgresión de la misma». Aquí vemos que el pecado se define tanto en términos negativos como positivos. El aspecto negativo se indica por las palabras «falta de conformidad». Apunta a una falla o fracaso en el desempeño moral. En términos populares se le llama pecado de omisión. Un pecado de omisión ocurre cuando fallamos en hacer lo que Dios nos ordena.
El aspecto positivo de la definición de pecado en el catecismo se refiere a traspasar abiertamente los límites de la ley de Dios. Es un pecado de comisión.
A veces Dios expresa Sus leyes en términos negativos (no hagas tal cosa) y a veces en términos positivos (haz tal cosa). Los Diez Mandamientos contienen ambas formas (no robarás; honra a tu padre y a tu madre).
Tanto los pecados de omisión como los de comisión son pecados reales. Incurren en culpa real. Cuando hacemos lo que Dios prohíbe, somos culpables del pecado de comisión. Cuando fallamos en hacer lo que Dios ordena, somos culpables del pecado de omisión. En ambos casos la ley de Dios es violada.
Coram Deo: vivir delante del rostro de Dios
Examina tu vida en oración para identificar pecados de omisión o de comisión.
Para estudiar más a fondo
Santiago 4:17
Salmos 51:1-3