
La plenitud de gozo
16 diciembre, 2021
Anskar
18 diciembre, 2021El «TULIP» y la teología reformada: la elección incondicional

Nota del editor: Este es el tercer artículo en la serie especial de R.C. Sproul: El «TULIP» y la teología reformada
El punto de vista reformado de la elección, conocido como elección incondicional, significa que Dios no prevé una acción o condición de nuestra parte que lo induzca a salvarnos. Más bien, la elección descansa en la decisión soberana de Dios de salvar a quien le plazca salvar.
No somos pecadores porque pecamos, sino que pecamos porque somos pecadores.
En el libro de Romanos, encontramos una discusión sobre este concepto difícil. Romanos 9:10-13 dice: «Y no solo esto, sino que también Rebeca, cuando concibió mellizos de uno, nuestro padre Isaac (porque cuando aún los mellizos no habían nacido, y no habían hecho nada, ni bueno ni malo, para que el propósito de Dios conforme a su elección permaneciera, no por las obras, sino por aquel que llama), se le dijo a ella: EL MAYOR SERVIRÁ AL MENOR. Tal como está escrito: A JACOB AMÉ, PERO A ESAÚ ABORRECÍ». El apóstol Pablo expone aquí la doctrina de la elección. La trata de manera significativa en Romanos 8, pero aquí ilustra su enseñanza de la doctrina de la elección remontándose al pasado del pueblo judío y observando las circunstancias que rodearon al nacimiento de los gemelos Jacob y Esaú. En el mundo antiguo, era costumbre que el hijo primogénito recibiera la herencia o la bendición patriarcal. Sin embargo, en el caso de estos gemelos, Dios invirtió el proceso y no dio la bendición al mayor sino al menor. El punto que el apóstol enfatiza aquí es que Dios no solo toma esta decisión antes del nacimiento de los gemelos, sino que lo hace sin miras de lo que ellos harían, ya sea bueno o malo, para que los propósitos de Dios se mantuvieran. Por lo tanto, nuestra salvación no descansa sobre nosotros; descansa únicamente en la decisión soberana y bondadosa de Dios.

Esto no significa que Dios salvará a las personas ya sea que vengan a la fe o no. Hay condiciones que Dios decreta para la salvación, no siendo la menos importante poner la confianza personal en Cristo. Sin embargo, esa es una condición para la justificación, y la doctrina de la elección es otra cosa. Cuando hablamos de la elección incondicional, estamos hablando en un límite muy estrecho de la doctrina de la elección misma.
Entonces, ¿sobre qué base Dios elige salvar a ciertas personas? ¿Se basa en alguna reacción, respuesta o actividad prevista de los elegidos? Muchas personas que tienen una doctrina de elección o predestinación lo ven de esta manera. Creen que, en la eternidad pasada, Dios miró a través de los corredores del tiempo y supo de antemano quiénes dirían que sí a la oferta del evangelio y quiénes dirían que no. Sobre la base de este conocimiento previo de los que cumplirán la condición para la salvación (es decir, expresar la fe o la creencia en Cristo), Él los elige para salvarlos. Esta es la elección condicional, que significa que Dios distribuye Su gracia electiva sobre la base de alguna condición prevista que los seres humanos cumplen por sí mismos.
La elección incondicional es otro término que pienso que puede ser un poco confuso, por lo que prefiero utilizar el término elección soberana. Si Dios elige soberanamente otorgar Su gracia a algunos pecadores y retener Su gracia a otros pecadores, ¿hay en esto alguna violación de la justicia? ¿Aquellos que no reciben este regalo reciben algo que no merecen? Por supuesto que no. Si Dios permite que estos pecadores perezcan, ¿los está tratando injustamente? Por supuesto que no. Un grupo recibe gracia; el otro recibe justicia. Nadie recibe injusticia. Pablo se anticipa a esta protesta: «¿Que hay injusticia en Dios?» (Rom 9:14a). Y responde con la respuesta más contundente que puede dar. Prefiero la traducción: «Dios no lo permita» (ver v. 14b). Luego amplía esta respuesta: «Porque Él dice a Moisés: “TENDRÉ MISERICORDIA DEL QUE YO TENGA MISERICORDIA, Y TENDRÉ COMPASIÓN DEL QUE YO TENGA COMPASIÓN”» (v. 15). Aquí el apóstol le está recordando a su lector lo que Moisés declaró siglos antes, a saber, que es derecho divino de Dios ejecutar la clemencia cuando y donde Él quiera. Dice desde el principio: «Tendré misericordia del que yo tenga misericordia». No se trata de aquellos que cumplen algunas condiciones, sino de aquellos a quienes Él se complace en otorgar el beneficio.
En el próximo artículo, consideraremos la L en TULIP, expiación limitada.
Ver además:
- El «TULIP» y la teología reformada: una introducción
- El «TULIP» y la teología reformada: depravación total
- El «TULIP» y la teología reformada: la elección incondicional
- El «TULIP» y la teología reformada: la expiación limitada
- El «TULIP» y la teología reformada: la gracia irresistible
- El «TULIP» y la teología reformada: la perseverancia de los santos
Pasajes de las Escrituras para estudiar más a fondo: Romanos 8:28-39; Efesios 1:3-14; 2:8; 2 Timoteo 1:9, 10.
Publicado originalmente en el Blog de Ligonier Ministries.